Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confiere la Ley, declara:
1. CON LUGAR, la apelación intentada por el abogado en ejercicio LUIS GUILLERMO SUAREZ, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 9.189, y de este domicilio, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana BETTY DEL CARMEN CEDEÑO DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.924.399 y con domicilio en la ciudad de San Cristóbal del Estado Táchira, parte actora, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha, 18 de Junio de 2008.
2. IMPROCEDENTE la denuncia de fraude procesal planteada por el ciudadano EDIN ELIGIO LÓPEZ LUZARDO, .....