De tal manera que para homologar el desistimiento bajo estudio, es necesario determinar si el apoderado judicial del demandante, reúne las facultades para realizar dicho acto, en tal sentido se tiene, de la revisión efectuada a las actas procesales, especialmente al instrumento poder otorgado en la sede de este Tribunal, en fecha 04 de octubre de 2007, inserto al folio siete (07) del expediente, se tiene que efectivamente, el ciudadano RAMON PIÑA POLANCO, confirió poder Apud Acta a los abogados en ejercicio JOSE ALBERTO CASTRO y JAVIER ANDRES VILLASMIL, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 120.217 y 120.843 respectivamente, leyéndose en el texto del mismo (sic) "omissis...En ejercicio de este mandato los prenombrados podrán: Actuar conjunta, separada o alternativamente, ...omissis...para ejercer los siguientes actos: Intentar, contestar solicitudes, reclamaciones y/o procedimientos y reconvenciones, convenir, transigir en juicio, darse por citado, o notificado...omissis...", .....