Por los fundamentos antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
• SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el Ordinal tercero 3º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por la parte demandada, en el juicio de DAÑOS y PERJUICIOS seguido en su contra, por el ciudadano PEDRO QUINTERO y la sociedad mercantil LANDIA S.R.L. Así se establece.
• SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el Ordinal sexto 6º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por la parte demandada, en el juicio de DAÑOS y PERJUICIOS seguido en su contra, por el ciudadano PEDRO QUINTERO y la sociedad mercantil LANDIA SRL. Así se establece.
• Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en la presente incidencia. .....