Por los fundamentos antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
CON LUGAR, la demanda DIVORCIO ORDINARIO, incoada por el ciudadano JESÚS MARIA CASTILLO VILLALOBOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-1.666.776 y domiciliado en el Municipio Mara del Estado Zulia, en contra de la ciudadana NEVIS ESPERANZA BOSCAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.745.123 y del mismo domicilio.
Se CONDENA en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida en juicio de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.