Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
1. SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio, OSNAR VILORIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 19.533, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil REPRESENTACIONES E INVERSIONES CASTELLANO C.A (REINCAS), debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha, 17 de Diciembre de 2003, anotado bajo el No. 6, Tomo: 51 A, en contra de la decisión dictada en fecha 18 de Junio de 2007, por el Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que declaró SIN LUGAR, la oposición a la medida de secuestro decretada por el Tribunal en fecha 8 de Mayo de 2007, en el .....