1. CON LUGAR la demanda de TACHA DE FALSEDAD DE DOCUMENTO, incoada por la sociedad mercantil LA SOLUCIÓN C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 11 de Mayo de 1999, bajo el No. 11, Tomo 25 A, y de este mismo domicilio, en contra de los ciudadanos HAMDAM HUNEIDI HUNEIDI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.975.718 y domiciliado en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, y la sociedad mercantil SHELL VENEZUELA PRODUCTOS C.A, domiciliada en Caracas e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 3 de Marzo de 1964, cambiada su denominación social a la actual, según acuerdo tomado en Asamblea Extraordinaria de Accionistas en fecha 12 de Febrero de 1999, inscrita en el Registro Mercantil antes mencionado en fecha 25 de Febrero de 1999, bajo el No: 26 Tomo: 31 A.
2. FALSO, el documento otorgado .....