Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos WOLFGANG GERHARD KRUBECK y AMANDA MARGARITA AMADO DELANOY, el día diecinueve (19) de diciembre de mil novecientos ochenta y siete (1.987), por ante el Prefecto y Secretario respectivamente, del antiguo Municipio Santa Bárbara, hoy Parroquia Bolívar, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 486.
Asimismo, se deja establecido que según pronunciamiento de los solicitantes durante la unión matrimonial no procrearon hijos.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de la p.....