Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DESALOJO propuesta por la sociedad mercantil MORURD, C.A., contra el ciudadano, AMANCIO ENRIQUE OJEDA CABRERA. En consecuencia, se condena a la parte demandada, a pagar la suma de OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 864.000,00), correspondientes a los cánones vencidos e insolutos, desde el mes de marzo del 2010, hasta la fecha del presente fallo; más los que se sigan venciendo hasta la entrega definitiva del inmueble arrendado. El pago de esta suma de dinero se realizará de la siguiente forma:
1.- Se ordena la entrega de la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 180.288,00) consignados por la parte demandada a favor de la parte actora, en el Juzgado Noveno de los Municip.....