III
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 269 ejusdem, declara:
PRIMERO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA y por consiguiente EXTINGUIDO el presente proceso de RENDICIÓN DE CUENTAS, incoado por la ciudadana MARIA CAROLINA FIGUEROA ACOSTA, en contra de los ciudadanos ALIDIS CARINA MONTES BOSCAN, plenamente identificada en la parte narrativa de este fallo. En virtud de ello, se declara terminada la presente causa y se ordena el archivo del presente expediente una vez que se encuentre definitivamente firme la presente decisión.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
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