Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara inadmisible la demanda de Nulidad de Acta de Asamblea, propuesta por los ciudadanos IRVIN LEAL y BLANCA ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 5.805.459 y V-7.568.864, respectivamente, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros 29041 y 48.438, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, actuando en este acto con el carácter de Apoderados Judiciales de la ciudadana MARIANA DEL CARMEN ATENCIO FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.620.036 de este domicilio, quienes demanda por Nulidad de Acta de Asamblea a las ciudadanas MAYZULY LILIANA DIAZ DIAZ y ANGELY ISABEL DIAZ DIAZ venezolanas, mayor de edad, titular.....