III. DECISIÓN DE ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL
Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de notificar al Fiscal de Ministerio Público.
SEGUNDO: NULO todo lo actuado posterior a la publicación del auto de admisión de la demanda de fecha 27 de marzo de 2017, en el que se ordena la notificación del Fiscal del Ministerio Público.
PUBLÍQUESE , REGISTRESE y NOTIFÍQUESE