Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL propuesta por el ciudadano DERIO JOSÉ LEAL GONZÁLEZ contra la ciudadana JOHANNA BEATRIZ OMAR APARICIO, ya identificados.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.