este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, propuesta por la profesional del derecho CORINA VILLALOBOS DE GUANIPA, quien representa al ciudadano CRISTÓBAL E. AMEGLIO ROMERO, en consecuencia, se ordena rectificar en la Jefatura Civil y en el asiento duplicado que reposa en la Oficina de Registro Principal del Estado Zulia, el acta de nacimiento signada bajo el Nº 40, inserta el día treinta y uno (31) de diciembre de 1959, ante la actual Jefatura Civil de la Parroquia Santa Lucía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia: en el sentido siguiente: en su contenido, donde se lee: "...El día diez de febrero de mil novecientos cincuenta y siete en el Woman Medical Collage de la ciudad de Filadelfia, Estado de Pensylvania, Estados Unidos de América.....