Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN propuesta por el ciudadano Denis Carvajal Urdaneta, en consecuencia, se ordena rectificar el acta de defunción signada bajo el N° 84, inserta el día ocho (08) de Febrero de 2007, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en el sentido siguiente: en ambos asientos, donde se lee: "...deja nueve hijos: DEYNI, MAIRELIS, YONI, YIRME, YOVARDI, YOEL, YORVI, MAIDE y MAYERLIN...", debe leerse: "...deja once hijos: DENIS, MAIRELYS DEL CARMEN, YONY MANUEL, DIRME LEVY, YOVALDI, YOEL MANUEL, YORBIS JAVIER, MAIBELIN JIMAURA, MARYELIS COROMOTO, MARBELYS DEL VALLE y YOSMAN DE JESÚS ...".