En orden a las consideraciones anteriormente resueltas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena notificar al presunto agraviado, ciudadano Omar Rodríguez Figueroa, o a uno cualquiera de sus apoderados judiciales, para que en el lapso de cuarenta y ocho(48) horas siguientes a la constancia en actas de su notificación, corrija el escrito de amparo y subsane la falta de cumplimiento de los requisitos de admisibilidad estatuido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, so pena de que dicha acción sea declarada inadmisible.
Se ordena publicar el presente fallo, hacer el registro de Ley y notificar al presunto agraviado o a uno cualquiera de sus representantes judiciales.
Dada, sellada, y firmada, en la Sala de Despacho del Juzgado Pri.....