En relación a lo anterior, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con fundamento en el ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, decreta MEDIDA DE SECUESTRO, sobre el vehículo objeto de litigio, cuyas características son las siguientes: PLACA: VCV 55Z; SERIAL DE CARROCERÍA: KL1VM54LX7B069215; SERIAL DEL MOTOR: X25D1049094K; MARCA: CHEVROLET; MODELO: EPICA; AÑO: 2007; COLOR: GRIS; CLASE: AUTOMÓVIL; TIPO: SEDAN; USO: PARTICULAR, propiedad de los ciudadanos EVELIDES DEL CARMEN ARAUJO ALBORNOZ y ÁNGEL GERARDO MONTIEL ÁLVAREZ, según documento notariado por ante la Notaría Pública del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en fecha 15 de enero de 2013, quedando anotado bajo el No. 16, Tomo 8, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría.