Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DE TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por el ciudadano JESUS SALVADOR PIÑERÚO MORALES contra la ciudadana BRISILA DEL VALLE LIZARDO VILLASMIL ambos ya identificados, quedando en consecuencia, disuelto el matrimonio civil que contrajeron el día 17 de abril de 1985, por ante la Prefectura de la Parroquia Bolívar del municipio Maracaibo estado Zulia.
Se evidencia de las actas que procrearon dos hijos durante la vigencia del matrimonio.
Se condena en costas a la parte demandada por haber sido vencido totalmente en la presente instancia de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.