En ese estadio procesal, ocurrió ante este Despacho, la ciudadana LUISA ROSA CHOURIO DE CASANOVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.593.093, parte actora en la presente causa, asistida por la abogada en ejercicio Mayela Victoria Cifuentes Chourio, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 244.390, exponiendo su decisión de desistir del procedimiento, y observando que la parte actora actuó expresamente, en consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 ejusdem, le imparte la aprobación al desistimiento del procedimiento, en los términos y condiciones expresados, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se declara terminada la causa y se ordena el cierre y archivo del expediente.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.