Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, decreta MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO bienes muebles propiedad de la demandada, la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA NOEL VIDAL, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia en fecha 19 de enero del año 2009, registro de comercio anotado bajo el No. 44, tomo 4-A, No. de expediente interno en el registro 44182, cuyo representante legal y presidente, es el ciudadano LEONARDO JOSÉ VIDAL NARVAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.971.431, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, hasta por la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE BOLÍVARES CON OCHO CÉNTIMOS (Bs. 1.535.417,8) lo cual comprende el doble del monto condenado a pagar en el decreto intimatorio. En caso de embargarse cantidades de dine.....