Este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio propuesta por los ciudadanos DODANIS ELUZ BRACHO GARCIA y LARRY ALBERTO OCHOA URDANETA, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 21 de Noviembre de 1992, por ante el Jefe Civil y Secretario respectivamente de la Parroquia Domitila Flores del Municipio Maracaibo del Estado Zulia,
Acta No. 477.