En fuerza de los fundamentos que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara perimido el presente proceso de INTERDICCIÓN, incoado por la ciudadana ELIZABETH CHIQUINQUIRÁ MORILLO URDANETA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro. 9.794.838, de este domicilio, a favor de su hijo, ciudadano JEAN POOL CACHUCHO MORILLO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. 23.857.082, ambos domiciliados en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia; en consecuencia:
Primero: se declara extinguida la presente instancia.
Segundo: No hay condenatoria en costas, por la naturaleza de este fallo.