Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DECLARATORIA DE RELACIÓN CONCUBINARIA incoada por la ciudadana MARIA ESTER OVALLE en contra de los ciudadanos EDUARDO JOSE, MONICA MARGARITA y HUGO JOSE CHACIN OVALLE; en consecuencia, SE DECLARA CONCUBINA a la ciudadana MARIA ESTER OVALLE venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.307.012, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, del de cujus HUGO JOSE CHACIN, quien en vida fuera venezolano, titular de la de cedula de identidad No. V- 3.644.726, relación que comenzó en el año 1970, hasta el día del fallecimiento del causante, acontecida el día 10 de julio de 2014.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.