III
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO; CONSUMADO el modo anormal de terminación del proceso, en la causa que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue la Sociedad Mercantil INVE MAR, C.A., en contra de la sociedad mercantil NAVIERA OCCIDENTAL, S.A., ambas plenamente identificadas en la parte narrativa de este fallo; en consecuencia, se .homologa el presente desistimiento de la acción y del procedimiento. Asimismo, se declara terminada la presente causa, por lo que se ordena el archivo del expediente, una vez que conste en actas lo aquí ordenado.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secreta.....