Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, decreta:
PRIMERO: la INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana JOSEFA MARGARITA PAREDES DE RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.059.938;
SEGUNDO, se designa Tutora Interina de la entredicha JOSEFA MARGARITA PAREDES DE RAMÍREZ, a la ciudadana YASMIRA PAREDES MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.370.054 y domiciliada en Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia;
TERCERO, se ordena seguir formalmente el proceso en los términos del juicio ordinario;
CUARTO, se advierte a las partes, que por el hecho mismo de haberse decretado la interdicción provisional, quedará la causa abierta a pr.....