DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la transacción interpuesta mediante escrito de fecha veinticinco (25) de abril del 2022, suscrito por las partes del proceso, la sociedad mercantil FARMACIA FLEMING, C.A., como parte actora de la presente causa, y de las sociedades mercantiles INVERSIONES RIO SEGURA, C.A y UGARTE C.A, plenamente identificadas en las actas procesales como partes demandadas.
SEGUNDO: CONSUMADO el modo anormal de terminación del proceso, en la causa que por RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO, intentada por la sociedad mercantil FARMACIA FLEMING, C.A., en contra de las sociedades mercantiles INVERSIONES RIO SEGURA, C.A y UGARTE C.A todos plenamente identificados en la parte narrativa de este fallo; en consecuenc.....