DECISION:
Este Juzgado del Municipio sucre Estado Zulia, en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de La Ley declara: PRIMERO: parcialmente con LUGAR la presente acción de Amparo Constitucional intentada por el Ciudadano OSWALDO ENRIQUE GRANADOS NARVAES, mayor de edad, colombiano, agricultor, titular de la Cedula de identidad E-83.256.209, representado por sus apoderadas judiciales ANA HILDA AGUIAR y YUSMARY JOSEFINA PACHECO DE GUERRERO; en contra de la Ciudadana ELENA DE JESUS ANTUNEZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cedula de Identidad N° V.-9.394.642 y asistida por el abogado en ejercicio Manuel de Jesús Rivas Mora, solo en cuanto a la violación del derecho y a la garantía constitucional establecida en el Articulo 115 de la Constitución Nacional referente al derecho de propiedad, por cuanto el otro derecho constitucional presuntamente violado o amenazado referente a la reputación, honor y vida privada .....