Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos, YASERVI CAROLINA VERA RUIZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.167.247, domiciliada en el sector unión de Casigua El Cubo, Municipio Jesús María Semprún del Estado Zulia,, y MERBIN LENDY MORALES SANZONETT, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.141.438, domiciliado en el sector Campo Atalaya, Casigua El-Cubo, Municipio Jesús María Semprún del Estado Zulia, en beneficio de sus menores hijos, MERVIN JOSE MORALES VERA y ORLANDO JOSE MORALES VERA, de (05),.....