Por los fundamentos antes expuestos éste Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:
¿ DECLINAR LA COMPETENCIA al Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, respecto del Juicio que por: PENSIÓN DE ALIMENTOS, incoara la ciudadana: MAYRA ALEJANDRA CORDOBA, en contra del ciudadano: SIMEÓN CELEDÓN, ambos ya identificados, por lo que se ordena remitir el presente expediente al mencionado Juzgado.-