Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos, YENELYN LORENA FERNANDEZ CHOURIO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-15.134.366, domiciliada en LA urbanización las Madrinas, casa nro. 8, vereda Nro. 5, Sector Las INAVIS, Municipio Catatumbo del estado Zulia, y JOHN DUANET HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-12.135.860, domiciliado en el Sector Doña bárbara, cerca del mercalito, casa s/n, Municipio Catatumbo del Estado Zulia. En favor y unció interés de sus hijos: xxxxxxxxxxxxxx y xxxxxxxxxxxxx HERNANDEZ FERNANDEZ, de 1.....