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Decisiones del dia 13/10/2004

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprum
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 00220 N° Sentencia : 35 Fecha: 13/10/2004
Procedimiento:
Intimacion
Partes:
CARMEN BOSCAN DE NEGRETTY/LUZ ESTELLA MARTINEZ
Resumen:
Al analizar las actas integrantes del presente expediente, se evidencia que la última actuación fue el día: Veintiuno de agosto del año dos mil tres (21-08-2003), según consta al folio 11 de la pieza principal, y hasta la presente fecha trece de octubre del año dos mil cuatro (11-10-2004), han transcurrieron un (01) año, un (01) mes y veintidós (22) días, y en el mismo no se ha efectuado ningún acto de procedimiento para el juicio, y el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su enunciado dice, cito: ?Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes??? es decir, que la inactividad procesal por parte de la litigante trae aparejada una sanción de ley que es la perención, y siendo esta por su propia naturaleza jurídica de orden público e irrenunciable por las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Cód.....
Juez/Ponente:
Mariladys González González
Organo:
Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprum
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N° Expediente : 00223 N° Sentencia : 36 Fecha: 13/10/2004
Procedimiento:
Intimacion
Partes:
CARMEN BOSCAN DE NEGRETTY/ELVA ROSA MEZA
Resumen:
Al analizar las actas integrantes del presente expediente, se evidencia que la última actuación fue el día: Veintinueve de enero del año dos mil tres (29-01-2003), según consta al folio 08 de la pieza principal, y hasta la presente fecha trece de octubre del año dos mil cuatro (11-10-2004), han transcurrieron un (01) año, ocho (08) meses y catorce (14) días, y en el mismo no se ha efectuado ningún acto de procedimiento para el juicio, y el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su enunciado dice, cito: ?Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes??? es decir, que la inactividad procesal por parte de la litigante trae aparejada una sanción de ley que es la perención, y siendo esta por su propia naturaleza jurídica de orden público e irrenunciable por las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del .....
Juez/Ponente:
Mariladys González González
Organo:
Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprum
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