Por los fundamentos antes expuestos éste Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:
¿ DECLARA CON LUGAR la Acción Interpuesta por la ciudadana: IDELIS MARÍA CHÁVEZ GONZÁLEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad número: V-10.683.725, y domiciliada en la población de Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, actuando a nombre y representación de sus menores hijos: ALIAGNNY Y LEXANDER DAVID FERRER CHÁVEZ-en contra del ciudadano: LEONEL SEGUNDO FERRER URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-10.687.068, y del mismo domicilio de la GUARDADORA ALIMENTARÌA; y lo condena a pagar las cantidades siguientes: PRIMERO: El treinta por ciento (30%) sobre el sueldo o salario que devenga el RECLAMADO.-SEGUNDO: El treinta por ciento (30%) sobre utilidades, aguinaldos, bono va.....