Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a) LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de incumplimiento de obligación de manutención, incoado por la ciudadana, RITA BELEN MORA, titular de la cédula de identidad No. V.- 16.167.123, en contra del ciudadano, LUIS ALFONSO GARRIDO, titular de la cédula de identidad No. V- 15.381.821, a favor de los niños, LUZ DARY, LUIS ALFONSO y LUZ MARY GARRIDO MORA.