Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos, MARIA NAUDETH RUBIO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.529.436, domiciliada en EL Sector Hermilo Ocando, calle N° 05, Encontrados Municipio Catatumbo del Estado Zulia, y HUBERTT SIERRA MARTINEZ, colombiano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº E-85.164.388, domiciliado en kilómetro 15, Vía Encontrados, Hacienda Monterrey, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, a favor de sus hijos: LUIS ALEJANDRO, CARLOS SEBASTIAN y ADRIANA ALEJANNDRA, de 12,10 y 07 años de edad, Se.....