En virtud de lo antes expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJÁ Y ROSARIO DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en MACHIQUES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de este juicio, en consecuencia DECLINA LA COMPETENCIA y acuerda la remisión de este expediente al JUZGADO DISTRIBUIDOR DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en MARACAIBO, a fin de que sea éste Tribunal el que distribuya entre los JUZGADOS COMPETENTES, para que aquel a quien corresponda en definitiva el conocimiento y sustanciación de la causa sea el que conozca, sustancie y decida esta causa por RECLAMACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES seguido por la ciudadana KEILA BEATRIZ ROMERO NUÑEZ, titular de la cédula de identidad No. 11.721.209, con domi.....