Con fundamento a las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJÁ Y ROSARIO DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en MACHIQUES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
¿ Consumado el acto procesal de la transacción celebrada entre las partes en este juicio por RECLAMACION DE PRESTACIONES SOCIALES, seguido por el ciudadano RAMON SEGUNDO RUBI NAVA, asistido por el abogado en ejercicio JUAN CARLOS PARRA JIMENEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 61.027, en contra de las Empresas INVERSIONES MACHADO SEGURIDAD C.A., BP VENEZUELA HOLDING LIMITED, y solicitada como ha sido su homologación y que sea pasado en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitiva, habiendo sido en consecuencia revisado todos los extremos legales, SE DECLARA HOMOLOGADO LA TRANSACCIÓN CELEBRADA EN ESTE JUICIO, en consecuencia pasado en auto.....