Con fundamento en las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJÁ Y ROSARIO DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en MACHIQUES, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley DECLARA:
¿ Consumado el acto de la auto composición procesal, hecho por la parte actora en este juicio por COBRO DE BOLÍVARES E INTIMACIÓN, seguido por el ciudadano EMILIO MARTINEZ MARTINEZ, en contra del ciudadano DIRIMO SEGUNDO URDANETA VERA, y habiendo sido revisados todos los extremos legales, SE DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO HECHO EN ESTE JUICIO, en consecuencia pasado en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitiva.
Por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente por estar el procedimiento totalmente concluido.