Por los razonamientos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: EXTINGUIDA DE OFICIO LA INSTANCIA en el presente juicio que por CALIFICACIÓN DE DESPIDO intentó el ciudadano JORGE LUIS PIRELA GALBAN, en contra de la empresa PETROQUÍMICA DE VENEZUELA, S.A. (PEQUIVEN), antes identificados.-
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA en costas dada la naturaleza de este fallo.-
TERCERO: Notifíquese a la Procuraduría General de la Republica de la presente decisión de conformidad con lo pautado en el articulo 95 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE A LA PARTE ACTORA Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA POR SECRETARIA del presente fallo de conformidad con lo est.....