Por las razones expuestas y por los dispositivos legales enunciados, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO practicado por la parte demandante y aceptado por la parte demandada, da por consumado el acto, y se ordena proceder como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada en el presente procedimiento por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, seguido por la ciudadana demandante THANIA DEL VALLE SÚAREZ VILLAREAL, venezolana, mayor de edad, casada, oficios del hogar, titular de la cédula de identidad N°. V-13.181.357, domiciliada en la Urbanización Nueva Venezuela, Avenida 34, cada 34-09, Ciudad Ojeda, Parroquia Libertad, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, obrando en nombre y representación de su hijo adolescente MANUEL DAVID AVILA SÚAREZ, contra el ciudadano MANUEL DAVID AVILA ALTAMAR, venezolano, ma.....