Por los razonamientos expuestos este Tribunal del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Sin Lugar la demanda de NULIDAD ABSOLUTA DEL ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE FECHA 04 DE JUNIO DE 2005, protocolizada en la Oficina {subalterna del Registro del Municipio San francisco del estado Zulia, el 29 de junio de 2005, bajo el No. 20, tomo 26, protocolo 1° del 2° Trimestre incoada por la Avocación Cooperativa "BUZOS INDUSTRIALES DE VENEZUELA" RS. Representada en este acto por los Ciudadanos HENRY HERNÁNDEZ y EDUARDO MOLINA, con el carácter de Presidente y Tesorero, respectivamente, en contra de los Ciudadanos RUBEN DARIO CARDOZO PLATA, ANDRÉS HERNÁNDEZ PLATA, OSWALDO PINEDA QUINTERO, CARLOS DANIEL CHACÍN MOLERO Y RAFAEL MORALES por falta de CUALIDAD E INTERÉS, resultando infundada conforme a los artículos 16 y 361 del Código de Procedimiento Civil y.....