Por todos los fundamentos y los dispositivos legales antes expuestos, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por consumado el ACTO DE CONVENIMIENTO celebrado entre las partes intervinientes en la presente causa, en fecha veintidós (22) de mayo de 2007, en el Despacho de este Tribunal de la siguiente manera:
PRIMERO: La demandada EDITH DEL CARMEN LUCIANI BARRIOS, a los fines de dar cumplimiento voluntario al dispositivo del fallo definitivamente firme referido al presente juicio, hace entrega a la parte actora del inmueble representado por un Apartamento signado con el N° 1, constituido por dos (02) habitaciones, dos (2) baños, sala y cocina y sus accesorios, seis (6) lámparas con sus respectivas instalaciones eléctricas, ubicado en el Barrio Paraíso, Calle Los Pinos en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, totalm.....