Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA de un(1) año por falta de impulso para practicar la Citación de la parte demandada, en el Juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, seguido por el Ciudadano VICTOR MANUEL HIDALGO, contra la Empresa OCCIDENTAL DE SERVICIOS, C.A, representada por el ciudadano JOSÉ LUIS QUINTERO PALENCIA, en su carácter de Presidente de la misma.
El Tribunal no hace especial pronunciamiento en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.