Por las razones expuestas y por los dispositivos legales enunciados, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO practicado por la parte demandante, y da por consumado el acto, y se ordena proceder como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada en el presente procedimiento por PENSIÓN DE ALIMENTOS seguido por la ciudadana YOLEXI VERA GUTIÉRREZ, actuando en nombre y en representación de su hija PAOLA GARCÍA VERA, contra el ciudadano JOSÉ BENITO GARCÍA CUMARES