En consecuencia, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos EDUARDO JAVIER LUZARDO GUERRA y JEANNETTE JOSEFINA SANDREA AZOCAR, el día veintidós (22) del mes Febrero del año dos mil cinco (2.005), por ante la Primera Autoridad de Registro Civil de la Parroquia Alonso de Ojeda del Municipio Lagunillas del Estado Zulia.