Por las razones dichas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO POR DIVORCIO, y de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, el VINCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos EDIOVER ENRIQUE PACHECO y YOLANDA MIREYA REYES RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad número: V-5.864.569 y V-7.740.911, respectivamente, domiciliados el primero en la calle 101, sector La Plata, casa SN, Parroquia Pueblo Nuevo del Municipio Baralt, y la segunda callejón 3 fte bodega El Fuerte, casa SN, sector La Rosa Vieja, Municipio Cabimas, ambas direcciones en del estado Zulia, y que estos contrajeron por la antes la Prefectura del Municipio Valmore Rodríguez, antes Distrito Bolívar del Estado Zulia, en fecha dieciocho (18) de octubre del año Mil Novecientos Setenta y .....