Por todos los fundamentos expuestos y los dispositivos legales antes enunciados, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el PROCEDIMIENTO POR INTIMACIÓN y se procederá como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA EL DECRETO INTIMATORIO DICTADO EN EL JUICIO POR COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), seguido por la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA ELÉCTRICA INDUSTRIAL, C.A (DELINCA), contra la COOPERATIVA COLINCA 85 RS, en el cual se condena a pagar a la demandada el monto de la Obligación reclamada que comprende:
El Capital de la suma Intimada por un monto de Bs. SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CATORCE BOLÍVARES (Bs.6.874.314,00);
Los intereses legales calculados al 1% mensual, por la cantidad de OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS DIECISIETE BOLÍVARES CON S.....