Vista la Transacción suscrita por las partes en la presente causa, mediante diligencia de fecha trece (13) de julio de de dos mil diez (2010), y por las razones expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA HOMOLOGADA la TRANSACCIÓN celebrada entre las partes intervinientes en el presente procedimiento judicial, ciudadanos ELCIDA MARÍA ORTIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-5.727.806, domiciliada en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, como parte actora, JENTRY DE JESÚS CÁRDENAS SOTO, venezolano, mayor de edad, chofer, titular de la cédula de identidad N°. V-15.987.337, domiciliado en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, y la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRANSER COMPAÑÍA ANÓNIMA (INFRASERCA), inscrita en el Registro Mercantil Segundo d.....