|
|
|
|
|
|
Decisiones del dia 20/03/2007 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
1537
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 20/03/2007 |
Procedimiento: Desocupación |
Partes: CORPOVEN, S.A HOY PDVSA PETROLEO, S.A, EN CONTRA DEL CIUDADANO JOSÉ TRINIDAD ORDÓÑEZ SÁNCHEZ. |
Resumen:
Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de un (1) año por falta de impulso para la Notificación de las partes con relación al auto para mejor proveer dictado por este Despacho en fecha 12 de septiembre de 2003, con motivo del Juicio por DESOCUPACIÓN, seguido por la Empresa CORPOVEN, S.A hoy PDVSA PETROLEO, S.A, en contra del ciudadano JOSÉ TRINIDAD ORDÓÑEZ SÁNCHEZ.
El Tribunal no hace especial pronunciamiento en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
|
Juez/Ponente:
Carlos Rafael Frías
|
Organo:
Juzgado del Municipio Lagunillas
|
N° Expediente :
1996
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 20/03/2007 |
Procedimiento: Calificación De Despido |
Partes: JOSÉ RICARDO PARRA, CONTRA LA SOCIEDAD MERCANTIL PEDRO CHANGAROTTI C.A. |
Resumen:
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda de CALIFICACIÓN DE DESPIDO y REENGANCHE incoada por el Ciudadano JOSÉ RICARDO PARRA, contra la Sociedad Mercantil PEDRO CHANGAROTTI C.A. Se ordena:
1.- El reenganche del trabajador a sus labores habituales de DESPACHADOR, con el pago de los salarios caídos como si no hubiese sido despedido con sus incrementos contractuales y legales, desde el momento en que se perfeccionó la citación de la empresa demandada el día 12de noviembre de 1999, hasta la efectiva reincorporación del trabajador a su lugar de trabajo con las salvedades del Artículo 61 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y la Resolución No. 2.581, del 05 de diciembre del año 2002, del Ministerio del Trabajo Artículo 10. El salario devengado y señalado por el trabajador es de 400.000,00 Bolívares mensuales.
2.- En caso de que el patrono des.....
|
Juez/Ponente:
Carlos Rafael Frías
|
Organo:
Juzgado del Municipio Lagunillas
|
N° Expediente :
1346
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 20/03/2007 |
Procedimiento: Desocupación |
Partes: MARAVEN, S.A HOY PDVSA PETROLEO, S.A, , EN CONTRA DEL CIUDADANO JESÚS CARIDAD |
Resumen:
Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de un (1) año por falta de impulso para la Notificación de las partes con relación al auto para mejor proveer dictado por este Despacho en fecha 23 de septiembre de 2005, con motivo del Juicio por DESOCUPACIÓN, seguido por la Empresa MARAVEN, S.A hoy PDVSA PETROLEO, S.A, , en contra del ciudadano JESÚS CARIDAD.
El Tribunal no hace especial pronunciamiento en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
|
Juez/Ponente:
Carlos Rafael Frías
|
Organo:
Juzgado del Municipio Lagunillas
|
N° Expediente :
1616
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 20/03/2007 |
Procedimiento: Desocupación |
Partes: PDVSA PETRÓLEO Y GAS HOY PDVSA PETROLEO, S.A, , EN CONTRA DEL CIUDADANO PEDRO WEBER |
Resumen:
Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de un (1) año por falta de impulso para Notificar al demandado del auto para mejor proveer dictado acordado por este Tribunal en la presente causa, con motivo del Juicio por DESOCUPACIÓN, seguido por la Empresa PDVSA PETRÓLEO Y GAS hoy PDVSA PETROLEO, S.A, , en contra del ciudadano PEDRO WEBER.
El Tribunal no hace especial pronunciamiento en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
|
Juez/Ponente:
Carlos Rafael Frías
|
Organo:
Juzgado del Municipio Lagunillas
|
N° Expediente :
3461
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 20/03/2007 |
Procedimiento: Prestaciones Sociales |
Partes: JOSÉ GREGORIO POLANCO, CONTRA LA SOCIEDAD MERCANTIL "DESARROLLOS LEYMAR, C.A.", REPRESENTADA POR EL CIUDADANO ARMANDO MARTÍNEZ MARTIN, |
Resumen:
Por los razonamientos expuestos este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela declara CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, ha incoado el ciudadano JOSÉ GREGORIO POLANCO, contra la Sociedad Mercantil "DESARROLLOS LEYMAR, C.A.", representada por el ciudadano ARMANDO MARTÍNEZ MARTIN, en su condición de Presidente, por lo que se condena a la empresa demandada a:
Cancelar al ciudadano JOSÉ GREGORIO POLANCO la cantidad de TRES MILLONES DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLÍVARES CON OCHENTA CÉNTIMOS (3.019.366,80), por concepto de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
Igualmente se otorga la corrección monetaria de la cantidad a pagar desde el momento de la introducción de la demanda el día 28 de noviembre de 2002, hasta que esté definitivamente firme el fallo, corrección que se hará conforme a la información que tenga el Banco Central de V.....
|
Juez/Ponente:
Carlos Rafael Frías
|
Organo:
Juzgado del Municipio Lagunillas
|
N° Expediente :
6748
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 20/03/2007 |
Procedimiento: Cumplimiento De Prorroga Legal |
Partes: STAVROS CARATAIDIS SIMEONIDU CONTRA NICOLINO RUSSO TEMPONE |
Resumen:
En virtud de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios se decretó el Secuestro Preventivo y la cosa objeto de la ejecución de la medida queda afectada para responder al arrendatario, si hubiere lugar a ello, por cuyas razones se dicta MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el inmueble constituido por un local Comercial, ubicado en la Avenida Bolívar, Ciudad Ojeda, jurisdicción del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, donde funciona la Empresa Mercantil CALZADOS RUSSO, diagonal a la Plaza Bolívar, al lado de JOE SPORT, propiedad del ciudadano STAVROS CARATAIDIS SIMEONIDU, según documento de propiedad protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Lagunillas y Valmore Rodríguez del Estado Zulia, en fecha 19 de febrero de 1998, bajo el No. 7, Protocolo 1°, Tomo 4°, que forma parte de la propiedad de otros inmuebles. Cuyas medidas y linderos son las siguientes: NORTE: Once metros con quince centímetros (11,15.....
|
Juez/Ponente:
Carlos Rafael Frías
|
Organo:
Juzgado del Municipio Lagunillas
|
|
|
|
|