Por todos los fundamentos expuestos y los dispositivos legales antes enunciados, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la presente acción o demanda judicial de COBRO DE BOLÍVARES mediante el PROCEDIMIENTO POR INTIMACIÓN y se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, EL DECRETO INTIMATORIO dictado por este Tribunal en fecha catorce (14) de octubre de dos mil nueve (2.009), seguido por el ciudadano LENNY JESÚS CASTELLANO SERRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.865.081, con domicilio en la Avenida Bolívar, Centro Comercial Oliva, Planta Alta, Local P-5, en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, en contra del ciudadano demandado, JOSÉ GREGORIO ÁLVAREZ GOITÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V......