Vista la LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL DE GANACIALES suscrita y presentada por los ciudadanos ITALO RAFAEL GALLARDO RODRÍGUEZ y YOLANDA DE LA CHIQUINQUIRÁ VALLES GALLARDO, en la presente solicitud por vía de Jurisdicción Voluntaria, examinados los documentos acompañados, la norma ut supra transcrita, y por las razones antes expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: HOMOLOGADA la LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL DE GANACIALES celebrada entre los solicitantes, ciudadanos ITALO RAFAEL GALLARDO RODRÍGUEZ y YOLANDA DE LA CHIQUINQUIRÁ VALLES GALLARDO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V-4.826.082 y V-6.574.133, respectivamente, domiciliados en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, el Tribunal acuerda lo pactado .....