Por los razonamientos expuestos este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con Lugar parcialmente la demanda por DESALOJO del local comercial ubicado en Avenida Bolívar en Ciudad Ojeda Municipio Lagunillas del estado Zulia, incoada por el Ciudadano RAJA HASAN ICHTAY ICHTAY incoada contra el Ciudadano HAMSE HAMSE NASSAR MOHAMAD donde funciona Comercial Saira S.R.L. por el uso del local distinto a la razón social de la misma, conforme al artículo 34 literal e de la Ley de Arrendamientos inmobiliarios.